Las obligaciones de la Empresa en materia de formación, información y adiestramiento, vienen reflejadas en el artículo 8 del Real Decreto 773/1997 de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de los equipos de protección individual. (BOE nº 140 12-5-1997) “Obligaciones en materia de información y formación” así como en los artículos 18 y 19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. (Ley 31/95 de 8 de noviembre) y se articulan en el presente Decreto.

Real Decreto 773/1997 (extracto)  El artículo 8. Obligaciones en materia de información y formación

De conformidad con los artículos 18 y 19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, el empresario adoptará las medidas adecuadas para que los trabajadores y los representantes de los trabajadores reciban formación y sean informados sobre las medidas que hayan de adoptarse en aplicación del presente Real Decreto.

El empresario deberá informar a los trabajadores, previamente al uso de los equipos de protección individual EPI´s, de los riesgos contra los que les protegen, así como de las actividades u ocasiones en las que deben utilizarse.

Asimismo, deberá proporcionarles instrucciones preferentemente por escrito sobre la forma correcta de utilizarlos y mantenerlos. El manual de instrucciones o la documentación informativa facilitados por el fabricante o distribuidor (EPI Balear), estarán a disposición de los trabajadores. La información a que se refieren los párrafos anteriores deberá ser comprensible para los trabajadores.

El empresario garantizará la formación y organizará,
en su caso, sesiones de entrenamiento (EPI Balear) para la utilización de equipos de protección individual, especialmente cuando se requiera la utilización simultánea de varios equipos de protección individual que por su especial complejidad así lo haga necesario.

En EPI Balear pensamos que la formación, información, adiestramiento, y las recomendaciones del fabricante autorizado del equipo, para su mantenimiento y control, no solo es un requisito legal, si no una necesidad real, en cuanto a las garantías de seguridad y de su correcta utilización por los trabajadores e usuarios del los EPI, ya que, dada la complejidad de muchos equipos de protección individual es necesaria una correcta formación, información y entrenamiento para su uso.

En EPI Balear asumimos como parte integral de nuestros servicios, como distribuidores de Equipos de Protección Individual (EPI´s), aspectos importantes para la correcta elección, utilización, mantenimiento, y adiestramiento de los trabajadores en aquellos equipos que por su complejidad así lo requieran.

Si desea ampliar la información, o solicitar nuestros servicios, no dude en contactar con nosotros a través nuestro formulario de consulta Asesoria Técnica: o al E-Mail: epibalear@epibalear.es